Buenos días,
Os traslado el escrito que acabo de recibir por parte del letrado de Cofipsa, deduzco que la compra la vais promover en régimen de condominio, ya que no tenéis constituida sociedad mercantil en común.
Deberíais determinar de manera individual quien hace la compraventa, persona física o jurídica.
Al respecto del escrito me gustaría sugerir la inclusión de la imposibilidad de variación del precio, en ningún supuesto y en concreto respecto a la posible aprobación por parte del consistorio, que `pudiera motivar en la propiedad un incremento del precio.
En referencia al plazo de vigencia de un mes, os ruego me digáis si lo consideráis suficiente o promovéis una ampliación.
Todo ello sin perjuicio de nuevas valoraciones que podamos aportar.
Atentamente,
Fidel Lopez Fons
Abogado
AL ADMINISTRADOR CONCURSAL de LA CONCURSADA COFIPSA INMOBILIARIA SL
Don FIDEL LOPEZ FONS, Abogado, actuando como mandatario verbal de los copropietarios de la junta de Compensación de Montcalm II de Begur (Girona),
EXPONE:
PRIMERO.- Mediante la presente, traslada al administrador concursal de la sociedad Cofipsa Inmobiliaria, oferta en firme para la proceder a la adquisición de la finca de la sociedad Cofipsa Inmobiliaria SL.
SEGUNDO.- La finca por la que se presenta esta oferta en firme es, la Finca inscrita en el registro de la propiedad de Palafrugell, tomo 3134, libro 253 de Begur, folio 53, finca número 1296, inscripción 11ª, a nombre de la mercantil COFIPSA INMOBILIARIA SL, con domicilio social en Terrassa, Paseo Veintidos de Julio, nº176,bajos, provista de CIF B-17785742, sociedadque se encuentra hoy día en concurso de acreedores que se tramita en el Juzgado de lo Mercantil nº5, autos de concurso voluntario 96512010-7ª y cuyo administrador concursal, hoy liquidador, es D. Francisco Guerrero Rangel.
TERCERO.- El precio de la oferta por la finca indicada es de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (450.000 euros.)cantidad que el comprador desembolsará íntegramente y en un solo pago, en el mismo acto de la firma de la correspondiente escritura pública de la compraventa ante Notario. El comprador acreditará fehacientemente su carácter empresarial, a los efectos de la aplicación fiscal de la Inversion del sujeto pasivo, según la normativa en vigor del Impuesto sobre el Valor Añadido.
CUARTO.- La presente oferta tiene carácter vinculante y tendrá una vigencia de un mes a partir de la fecha arriba indicada.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se firma la presente, en el lugar y fecha arriba indicados.
Gracias Fidel.
No entiendo muy bien a qué viene esta carta... Parece que es el borrador de lo que ellos quieren que sea nuestra carta de oferta, no?
Esto está muy bien, pero entiendo que lo que tocaba ahora era (no tanto que nosotros volviéramos a mandar una carta vinculante, que me parece bien), sino que además y sobretodo que ellos nos confirmaran:
- si administrador concursal y juez están de acuerdo en vendernos los terrenos o no: lo están ya o todavía lo tienen que hablar? de qué depende?
- cómo se va a realizar la operación: será compraventa de un activo autorizada por adminsitrador concursal y juez o se estructura de otra forma?
- cofipsa y administrador concursal también firman la carta? La tiene que autorizar el juez primero y por eso no firmarían aún? El juez lo autorizaría formalmente? Cuando tardarían en aceptarla formalmente? Tiene que pasar por información pública, oposición de acreedores, etc.?
- cuando y quien formalmente aceptan de forma vinculante la oferta?
- cuando y quien firma la venta del terreno?
- tenemos total seguridad jurídica con la estructura de operación diseñada?
- etc...
Te he intentado llamar para aclarar todo esto, ya que el email anterior al menos a mí no me da ninguna respuesta, supongo que tu habrás hablado con ellos y nos podrás contar.
En todo caso, a mi me parece que:
- debemos tener claro la forma de estructurar la operación (confírmanos por favor los puntos anteriores Fidel)
- perfecto en firmar una oferta vinculante por nuestro lado si vemos que la estructura de la operación tiene sentido (lo puedes firmar tu como mandatario verbal tal y como ellos proponen)
- perfecto en darle a la oferta 1 mes de vigencia
- lo ideal sería que ellos también se comprometan de forma vinculante a vender: cuándo y como será posible?
- debería haber un plazo de al menos 15 días e idealmente de 1 mes para ejecutar la operación y realizar el pago a contar desde que ellos la acepten formalmente y vinculantemente (no vamos a movilizar el dinero si todavía no sabemos si ellos aceptan, no?)
- respecto confirmar la identidad exacta y porcentajes de los compradores por ahora si se puede dejar abierto creo que mejor (tal y como ellos lo han redactado está OK para mí, mejor no dar más detalles a estas alturas)
- perfecto si quieres matizar que el precio es fijo y cerrado, aunque como es una oferta nuestra, creo que no hace falta decirlo y como más lo liemos, según como peor...
- sólo para tu información (aunque creo que no toca ahora darles ese detalle aún), en principio lo que hemos hablado es que nos quedamos el equivalente de 2 parcelas cada uno de los tres propietarios (total de 6) y las otras dos en principio lo miramos que lo compren amigos (yo estoy en conversaciones con varios amigos para ver si se las quedan, pero necesitan aun 10 días más para reconfirmar; si al final dicen que no, tendremos que ver si Steffen o Joan tienen también alternativas o si a malas, estas dos las compramos entre los tres también -OK para mí-). Por consiguiente, los compradores seguramente serán varias personas físicas y jurídicas, pero esto a ellos les debería dar igual (la oferta la hacen co-propietarios, pero deberíamos tener la flexibilidad de que el día de ejecutarlo puedan ser efectivamente/legalmente los compradores nosotros tres a nivel personal o con empresas y amigos)
Ya nos darás por favor respuesta a los temas anteriores en cuanto hayas hablado con ellos y tengas clara la foto y próximos pasos.
Saludos,
Jordi Alegre
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